Texto oficial
Art. 506 quáter.- Para la determinación del monto de
la sanción, dentro de los rangos a que se refiere el
artículo 506, la resolución indicada en el artículo 505-A
incluirá una categorización de ellas, y las clasificará
en leves, graves y gravísimas, para lo cual se
considerarán como criterios la naturaleza de la
infracción, la afectación de derechos laborales, el
número de trabajadores afectados y la conducta del
empleador.