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Artículo 138 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8511989.

Texto oficial

Art. 138. Si el trabajo hubiere de efectuarse en naves L. 18.620 que se encuentran a la gira, serán de cargo del empleador ART. PRIMERO los gastos que demande el transporte entre el muelle y la Art. 134 nave respectiva.