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Artículo 234 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8512105.

Texto oficial

Art. 234. El directorio representará judicial y L. 19.069 extrajudicialmente al sindicato y a su presidente le será Art. 23 aplicable lo dispuesto en el artículo 8º del Código de Procedimiento Civil.