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Artículo 247 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8512119.

Texto oficial

Art. 247. El empleador deberá prestar las facilidades L. 19.069 necesarias para practicar la elección del directorio y Art. 36 demás votaciones secretas que exija la ley, sin que lo anterior implique la paralización de la empresa, establecimiento o faena.