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Artículo 251 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8512123.

Texto oficial

Art. 251. No obstante lo dispuesto en el artículo L. 19.069 anterior, los empleadores podrán convenir con el directorio Art. 40 que uno o más de los dirigentes sindicales hagan uso de licencias sin goce de remuneraciones por el tiempo que pactaren.