Texto oficial
Artículo 145-J.- No se podrá, de manera arbitraria,
excluir al trabajador de artes y espectáculos de los
correspondientes ensayos ni de las demás actividades
preparatorias para el ejercicio de su actividad artística.
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207436 / 8512436.