Texto oficial
Artículo 4º.- Facúltase al Tesorero General de la
República para dictar las instrucciones que sean necesarias
para la correcta aplicación del beneficio que establece la
presente ley.".
Crea una bonificacion a la contratacion de mano de obra en las regiones i, xv, xi, xii y provincias de chiloe y palena
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