Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 19.858 · Modifica normas sobre regularizacion de la posesion y ocupacion sobre inmuebles

Modifica normas sobre regularizacion de la posesion y ocupacion sobre inmuebles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207590 / 7298093.

Texto oficial

Artículo 2º.- Otórgase, por una sola vez, un nuevo plazo de noventa días para los efectos de lo establecido en la letra a) del artículo 9º de la ley Nº 19.776, contados desde la entrada en vigencia de la presente ley.