Texto oficial
Artículo 9.- Corresponderá a los Servicios de Salud del país y, en la Región Metropolitana al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma.
Establece norma primaria de calidad de aire para ozono (o3)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208198 / 6416379.