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Artículo 3 de la Ley 11.201 · Concede un ascenso a los sobrevivientes de la campaña 1879-84

Concede un ascenso a los sobrevivientes de la campaña 1879-84

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208395 / 6417258.

Texto oficial

Artículo 3.o La presente ley regirá desde el 9 de Julio de 1953".