Texto oficial
Artículo 10. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Autoriza a la municipalidad de san esteban para que contrate uno a varios emprestitos, hasta por la suma de $ 3.000.000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208681 / 6418253.