Texto oficial
Artículo 1º.- Fíjase, a contar del 1º de enero de 2003, a quienes desempeñen los cargos de jefe superior de los servicios públicos dependientes o supervigilados por el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda que se señalan, los porcentajes de la asignación de dirección superior que en cada caso se indican:
Servicio Público Porcentaje
Dirección de Presupuestos 30%
Servicio Nacional de Aduanas 30%
Servicio de Tesorerías 40%
Dirección de Aprovisionamiento
del Estado 60%
Casa de Moneda de Chile 35%