Texto oficial
Artículo 1º.- Fíjase, a contar del 1º de enero de 2003 a quienes desempeñen los cargos de jefe superior de los servicios públicos dependientes o supervigilados por el Presidente de la República a través del Ministerio de Relaciones Exteriores que se señalan, los porcentajes de la asignación de dirección superior que en cada caso se indican:
Servicio Público Porcentaje
Dirección General de Relaciones
Económicas Internacionales 100%
Dirección de Fronteras y Límites
del Estado 40%
Instituto Antártico Chileno 25%