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Artículo UNICO de la Ley 13.603 · Concede pension, por gracia, a doña rita alvarez viuda de contreras

Concede pension, por gracia, a doña rita alvarez viuda de contreras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209490 / 6421251.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Rita Alvarez Alvarez, viuda de don Ramón Contreras Contreras una pensión mensual de treinta mil pesos ($30.000). El mayor gasto que significa esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.