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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 17

Fija porcentajes de la asignacion de direccion superior a los cargos de jefe superior de los servicios publicos dependientes o relacionados con el ministerio de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209620 / 7299368.

Texto oficial

Artículo 1º.- Fíjase, a contar del 1º de enero de 2003, a quienes desempeñen los cargos de jefe superior de los servicios públicos dependientes o supervigilados por el Presidente de la República a través del Ministerio de Minería que se señalan, los porcentajes de la asignación de dirección superior que en cada caso se indican: Servicio Público Porcentaje Comisión Nacional de Energía 44% Comisión Chilena del Cobre 1% Servicio Nacional de Geología y Minería 1% Comisión Chilena de Energía Nuclear 30%