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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 19

Fija porcentajes de la asignacion de direccion superior a los cargos de jefe superior de los servicios publicos dependientes o relacionados con el ministerio de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 209621 · idParte: 7299375

Texto oficial

Artículo 2º.- Los porcentajes asignados a los jefes superiores de servicios por el artículo anterior, se aplicarán sobre el total de las remuneraciones brutas de carácter permanente que mensualmente perciba cada uno de ellos. Con todo, la suma del total de las citadas remuneraciones brutas más el monto de la asignación de dirección superior que el correspondiente jefe superior perciba, no podrá significar en cada año, una cantidad promedio superior a $4.365.000 mensuales. En caso de presentarse la situación recién señalada, el monto de la asignación de dirección superior deberá rebajarse en una cantidad tal, que permita alcanzar los $4.365.000 promedio mensuales.