Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 13.711 · Aumenta, por gracia, la pension de doña ana soza viuda de perez

Aumenta, por gracia, la pension de doña ana soza viuda de perez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209643 / 6421757.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a cuarenta mil pesos ($40.000) mensuales la pensión de que disfruta doña Ana Soza, viuda de don Ignacio Pérez Kallens, por ley N.o 6,284, de 3 de Octubre de 1938. El mayor gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.