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Artículo de la Ley 13.714 · Concede pension, por gracia, a doña aura prodella camus viuda de celedon

Concede pension, por gracia, a doña aura prodella camus viuda de celedon

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209668 / 6421832.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Aura Prodella Camus viuda de Celedón, una pensión de $ 35.000 mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.