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Artículo de Auto Acordado S/N

Auto acordado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209769 / 6422113.

Texto oficial

1.- Disponer que, a partir del 1 de mayo del presente año, todas las demandas civiles -excepto los asuntos de Violencia Intrafamiliar- laborales y las querellas criminales cuyo conocimiento corresponde a los Juzgados de Letras en lo Civil, Trabajo y del Crimen de Copiapó, deberán ser ingresadas por los interesados en la Oficina de Distribución de Demandas de esta Corte de Apelaciones para su distribución a los Juzgados de Letras con jurisdicción en dichas materias de esta ciudad. 2.- A contar de la misma fecha, la primera presentación en los asuntos referidos en el numeral anterior, deberá contener antes del texto de la suma los siguientes datos: a) Materia de la demanda o querella; b) El procedimiento que le corresponda; c) Nombre completo, Nº de RUT o Cédula de Identidad Nacional del o de los demandantes o querellantes; d) Nombre completo del o de los demandantes y querellados, en su caso, con indicación de su RUT o Cédula de Identidad Nacional, si fuera conocida; e) Nombre completo del Abogado patrocinante, con su número de RUT o Cédula de Identidad Nacional; f) Nombre del o de los apoderados, con el número de RUT o Cédula de Identidad Nacional de cada uno.