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Artículo UNICO de la Ley 13.849 · Concede pension, por gracia, a doña amelia toyos viuda de mendez

Concede pension, por gracia, a doña amelia toyos viuda de mendez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210070 / 6423155.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Amelia Toyos, viuda del ex Vicepresidente de la República don Jerónimo Méndez Arancibia, una pensión de noventa mil pesos ($ 90.000) mensuales, sin perjuicio del montepío a que tiene derecho. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.