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Artículo 4 de la Ley 19.869

Autoriza erigir un monumento en las ciudades de arica e iquique, en memoria del cardenal arzobispo don raul silva henriquez

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 210125 · idParte: 8368917

Texto oficial

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por nueve miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por: a) Un Senador y Un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras; b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Arica e Iquique; c) Los Rectores de las Universidades de Tarapacá, de Arica, y Arturo Prat, de Iquique; d) Un representante de la Diócesis de Arica, y uno de la Diócesis de Iquique; e) El Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales. La comisión funcionará en la ciudad de Arica y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.