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Artículo 4 de la Ley 19.870

Autoriza la construccion de un monumento, en la ciudad de chillan viejo, en memoria de don bernardo o'higgins riquelme

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210126 / 8368926.

Texto oficial

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por cinco miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por: a) El Alcalde de la I. Municipalidad de Chillán Viejo, quien la presidirá y convocará; b) Un representante del Ministerio del Interior; c) Un representante del Ministerio de Defensa; d) Un representante del Ejército de Chile, y e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales. La Comisión funcionará en la ciudad de Chillán Viejo y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá su presidente.