Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 4.839 · Ley num. 4,839

Ley num. 4,839

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210425 / 6424161.

Texto oficial

Artículo único. Abónase, por gracia, y para los efectos de su jubilación, a don Carlos Muñoz Freire, el tiempo de nueve años y treinta días que sirvió el cargo de Defensor de Menores, Ausentes y Obras Pías del departamento de Cauquenes.