Texto oficial
Artículo único.- Exceptúanse el trigo y el cemento de los productos a que se refiere la ley número 3,915, de 9 de Febrero de 1923, y fíjase en ochenta y seis kilos el peso máximo de los sacos en que se envasen estos artículos.
Ley 4.290
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210653 / 7299766.