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Artículo 1 de la Ley 4.762 · Ley num. 4,762

Ley num. 4,762

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 210841 · idParte: 6425532

Texto oficial

Artículo 1.o- Concédese, por gracia, y por el plazo de diez años a la señora Sofía San Román, viuda de Magallanes y a sus hijas solteras, doña María y Olga Magallanes San Román una pensión de nueve mil pesos anuales, de la cual disfrutarán de acuerdo con la ley de montepío militar.