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Artículo UNICO de la Ley 12.970 · Aumenta, por gracia, la pension que perciben doña julia sayago e. y doña maria sayago d.

Aumenta, por gracia, la pension que perciben doña julia sayago e. y doña maria sayago d.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211298 / 6427051.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a diez mil pesos ($10.000) mensuales la pensión que percibe cada una de las hermanas doña Julia Sayago Elizalde y doña María Sayago Dávila. El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.