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Artículo UNICO de la Ley 13.016 · Concede pension, por gracia, a doña carolina zañartu

Concede pension, por gracia, a doña carolina zañartu

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211326 / 6427135.

Texto oficial

Artículo único. Concédese por gracia, una pensión de $ 35.000 mensuales a doña Carolina Zañartu, hija del ex Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso don Luis M. Zañartu. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.