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Artículo UNICO de la Ley 13.017 · Concede pension, por gracia, a doña sofia castro viuda de nieto

Concede pension, por gracia, a doña sofia castro viuda de nieto

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211327 / 6427138.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Sofía Castro viuda de Nieto una pensión de quince mil pesos ($ 15.000) mensuales. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.