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Artículo UNICO de la Ley 13.019 · Concede pension, por gracia, a doña dominga morales arcos

Concede pension, por gracia, a doña dominga morales arcos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211329 / 6427144.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Dominga Morales Arcos una pensión de treinta mil pesos mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto de Pensiones del Ministerio de Hacienda.