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Artículo UNICO de la Ley 13.057 · Concede pension, por gracia, a don lorenzo s. alvarez z.

Concede pension, por gracia, a don lorenzo s. alvarez z.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211679 / 6428767.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Lorenzo Segundo Alvarez Zapata, una pensión mensual de veinte mil pesos ($ 20.000), sin perjuicio de la que actualmente disfruta. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.