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Artículo 27 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301011.

Texto oficial

Artículo 27.- Sólo podrán presentarse a propuestas o ejecutar obras por trato directo, las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en las categorías y especialidades correspondientes del Renac, lo cual deberá ser acreditado ante el Serviu mediante el certificado de inscripción vigente a que alude el artículo 26 del D.S. 127 (V. y U.), de 1977.