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Artículo UNICO de la Ley 13.115 · Concede pension, por gracia, a don carlos valenzuela bravo

Concede pension, por gracia, a don carlos valenzuela bravo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212124 / 6430277.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, y sin perjuicio de la pensión de que disfruta, la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) mensuales a don Carlos Valenzuela Bravo. El mayor gasto que significa esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.