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Artículo UNICO de la Ley 13.123 · Concede pension, por gracia, a don eliecer parada del rio

Concede pension, por gracia, a don eliecer parada del rio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212130 / 6430295.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Eliecer Parada del Río, una pensión de $ 35.000 mensuales, sin perjuicio de la que actualmente disfruta. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.