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Artículo UNICO de la Ley 13.167 · Concede pension, por gracia, a don santiago burgos navarrete

Concede pension, por gracia, a don santiago burgos navarrete

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212200 / 6430768.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a diez mil pesos mensuales la pensión de que disfruta don Santiago Burgos Navarrete. El mayor gasto que demanda la aplicación de ésta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.