Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 13.176 · Concede pension, por gracia, a doña domitila pizarro viuda de illigaray

Concede pension, por gracia, a doña domitila pizarro viuda de illigaray

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 212965 · idParte: 6433211

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Domitila Pizarro viuda de Illigaray una pensión de $ 15.000 mensuales, sin perjuicio del montepío que actualmente percibe. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.