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Artículo UNICO de la Ley 13.179 · Concede pension, por gracia, a doña clementina dominguez cancino

Concede pension, por gracia, a doña clementina dominguez cancino

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212968 / 6433220.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Clementina Domínguez Cancino, una pensión mensual de ochocientos pesos ($ 800). El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Misterio de Hacienda.