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Artículo UNICO de la Ley 13.181 · Concede pension, por gracia, a doña maria frias collao

Concede pension, por gracia, a doña maria frias collao

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 212969 · idParte: 6433223

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña María Frías Collao, hija de don Baldomero Frías Urrutia, ex Rector del Liceo de Hombres de Linares, una pensión de dos mil pesos ($ 2.000) mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.