Texto oficial
Artículo 1° Concédese, por gracia, al abogado y actual defensor público de Angol, don Luis Segura Cárter, el derecho a reajustar su actual pensión de jubilación de abogado, de acuerdo con la renta máxima señalada en la letra a) del artículo 6.o de la ley N.o 10,627.