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Artículo UNICO de la Ley 13.193 · Concede pension, por gracia, a las señoritas rosa, juana y virginia retamal silva

Concede pension, por gracia, a las señoritas rosa, juana y virginia retamal silva

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212978 / 6433252.

Texto oficial

Artículo único. Conpédese, por gracia, una pensión mensual de quince mil pesos ($ 15.000) a cada una, con derecho a acrecer entre ellas, a las señoritas Rosa, Juana y Virginia Retamal Silva. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.