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Artículo UNICO de la Ley 13.202

Concede pension, por gracia, a doña herminia, a doña elena y a doña marta pantoja contreras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213031 / 6433540.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Herminia, Elena y Marta Pantoja Contreras, una pensión de $ 15.000 mensuales a cada una, con derecho a acrecer entre ellas. El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.