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Artículo UNICO de la Ley 13.258 · Concede pension, por gracia, a doña carmen schneider salinas

Concede pension, por gracia, a doña carmen schneider salinas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213107 / 6433761.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, una pensión de $ 10.000 mensuales a doña Carmen Schneider Salinas. La beneficiaria perderá el derecho a esta pensión si sobreviene el caso a que se refiere el N.o 1.o del artículo 48 del D.F.L. N.o 209, de 4 de Agosto de 1953. El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.