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Artículo UNICO de la Ley 13.260

Concede pension, por gracia, a doña eudocia herrera olave viuda de arce y doña teotista del carmen arce herrera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213108 / 6433764.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Eudocia Herrera Olave viuda de Arce una pensión de $ 25.000 mensuales, y a su hija doña Teotista del Carmen Arca Herrera una pensión de $ 15.000 mensuales, con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.