Texto oficial
Artículo 11.- Las donaciones que se efectúen con
arreglo a este Párrafo estarán liberadas del trámite de
insinuación y exentas del pago del impuesto a las herencias
y donaciones establecido por la ley Nº 16.271. Los aportes
que reciban los candidatos en virtud de las disposiciones de
esta ley, no constituirán renta para todos los efectos
legales.