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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Decreto Con Fuerza de Ley 292

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213353 / 7302328.

Texto oficial

Art. 4º En el segundo inciso del artículo 14 del decreto-ley 342, se suprimen las palabras "menor de treinta años, ni", y se agrega la palabra "años" después del número 90.