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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Decreto Con Fuerza de Ley 292

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213353 / 7302344.

Texto oficial

Art. 20. En el decreto-ley 342, la expresión "Ministerio de Obras y Vías Públicas" será reemplazada por la de "Ministerio de Fomento".