Saltar al contenido

Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 292

Decreto Con Fuerza de Ley 292

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213353 / 7302349.

Texto oficial

Art. 25. Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley y las que quedan en vigor de los decretos-leyes números 342 y 684, de 13 de Marzo y 17 de Octubre de 1925. Las disposiciones así refundidas a base del decreto-ley número 342, tendrán la numeración sucesiva que les corresponda y conformarán el texto definitivo de la "Ley General de Ferrocarriles".