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Artículo 15 de la Ley 7.064

Modifica la ley 6,020, sobre mejoramiento de la situacion economica de los empleados particulares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213357 / 7302413.

Texto oficial

"Art. 15. Subtitúyese el artículo 38 de la ley 6,020, por el siguiente: "Artículo ... Los notarios y los Oficiales Civiles, en su caso, otorgarán, sin costo alguno para los interesados, las escrituras de reconocimiento y legitimación de los hijos, y las de aceptación de tales actos, como asimismo los certificados de supervivencia necesarios para el goce de la asignación familiar. Dichas escrituras y certificados, y las actuaciones judiciales a que dieren origen el reconocimiento o la legitimación de hijos, estarán exentas de todo impuesto".