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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 328

Decreto Con Fuerza de Ley 328

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213365 / 7302474.

Texto oficial

Art. 2º Se autoriza al Presidente de la República para refundir en un solo texto las disposiciones del decreto con fuerza de ley número 65, de 26 de Marzo de 1931, y las modificaciones que por el presente se introducen.