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Artículo UNICO del Decreto 238

Declara el 7 de noviembre de cada año "dia nacional del artesano"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 213763 / 6436040.

Texto oficial

Artículo único: Declárase el día 7 de noviembre de cada año como el "Día Nacional del Artesano".