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Artículo UNICO de la Ley 12.882 · Reconoce al señor manuel fredes aliaga el tiempo que señala

Reconoce al señor manuel fredes aliaga el tiempo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214329 / 6438208.

Texto oficial

Artículo único. Reconócense a don Manuel Fredes Aliaga, por gracia y para todos los efectos legales, especialmente para que pueda acogerse, desde ya, a las disposiciones de la ley N.o 10.986, de 5 de Noviembre de 1952, como servicios públicos efectivos, los prestados en calidad de bibliotecario en la Biblioteca Popular "Eduardo De-Geyter", en la ciudad de Rancagua, durante e1 período comprendido entre el 1.o de Abril de 1935 y el 31 de Marzo de 1936. Serán de cargo del señor Fredes Aliaga todas las imposiciones personales y patronales que establece el decreto con fuerza de ley 1.340 bis, Orgánico de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, las que deberá recibir dicha institución, calculados sobre un sueldo anual de tres mil seiscientos ($ 3.600) y con interés simple, también anual, de un seis por ciento (6%). Las imposiciones correspondientes al período de desafiliación se determinarán y pagarán en la forma que establece la ley N.o 10.986.